¿Qué son las hipotecas subprime?

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Gracias a pixabay.com por el banco de imágenes gratuitas y a su autor nattanan23  por compartir esta excelente imagen.

Uno de los términos más utilizados en los últimos 10 años y uno de los detonantes de la crisis económica del 2008. Siempre se habla largo y tendido sobre qué ocurrió con el estallido de la burbuja inmobiliaria y aparece el término hipoteca subprime. Por eso creemos que es importante explicar este término, su procedencia, qué significo y algún término nuevo más relacionado. De esta forma, nuestros lectores estarán bien informados la siguiente vez que oigan hipotecas subprime.

Las hipotecas subprime, basura o NINJA (de las siglas en inglés de No Income No Job or Assets=No ingresos No trabajo o activos) son aquellas hipotecas que se conceden a gente o empresas con muy pocos recursos. Esas personas que tienen ingresos muy bajos o no tienen ningún trabajo en ese momento. Conceder un préstamo a largo plazo a alguien que no tiene casi ingresos y que en ese momento no parece que vaya a tener en un futuro es de alto riesgo. Las entidades, a cambio de este mayor riesgo, suelen requerir mayores tipos de interés.

Estamos hablando de unos activos financieros de muy alto riesgo, o comúnmente conocido en la jerga económica: activos financieros basura o tóxicos. Se apodó la palabra tóxico porque se refiere a que es malo para el banco o inversor que lo tiene en su balance.  Por tanto, esto significa que seguramente habrá un momento en el que las personas en cuestión no podrán hacer frente a sus pagos y dejará de aportar sus cuotas mensuales.

Y, ¿qué pasó luego?

En los años 2000 hacia adelante las entidades financieras americanas concedían préstamos hasta el 120%. Eso quiere decir, que daban un 20% más de dinero de lo que realmente valía la casa por si querían hacer obras, comprar un coche o ir de viaje. Gran parte de estos préstamos iba dirigidos a gente con pocos recursos, sin la seguridad de poder devolver todo este dinero. Una vez los bancos americanos tenían grandes cantidades de hipotecas con diferentes riesgos, creaban productos financieros que estaban compuestos por muchas de ellas Dicho producto luego lo dividían en pedazos e iban vendiendo cada parte a diferentes inversores, empresas, fondos de inversión… clientes en general. En estos productos, los bancos mezclaban hipotecas con diferentes riesgos, desde gente/empresas con muchos recursos para hacer frente a los pagos hasta las  hipotecas «basura». Así, en global no parecía un producto financiero tan malo, ya que el riesgo medio era aceptable.

Hasta aquí todo muy bien. El problema llegó cuando la gente que había pedido una hipoteca empezó a no poder pagar sus cuotas. Parte de las cuotas se empezaron a no pagar. Consecuentemente, la gente que había invertido en ese cóctel de hipotecas empezó a no cobrar sus rendimientos del producto contratado. El mecanismo de transmisión de dinero de la economía no funcionaba correctamente. El dinero no fluía correctamente y las inversiones en hipotecas resultaban una ruina. Esto provocó un efecto dominó ya que muchos inversores quebraban. Esto conllevó a un colapso la economía americana.

¿Qué son las cláusulas suelo?

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Las cláusulas suelo han sido un tema recurrente e importante a lo largo de los últimos años. En el 2013 se habló mucho de ellas y recientemente han vuelto a estar presente en todas las noticias de los medios de comunicación a raíz de una sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea. Las cláusulas suelo fueron y son un tema controvertido, el cual perjudica la imagen de la banca, después de las famosas acciones preferentes.

En la entrada de hoy, queremos explicar de forma amena qué son las clausulas suelo, qué consecuencias tienen y por qué han traído tanta polémica estos últimos años. Primero de todo, hay que saber que las hipotecas pueden tener un tipo de interés fijo (al firmar el contrato se acuerda el tipo de interés y el cliente sabe que siempre pagará ese tipo de interés) o pueden ser de tipo de interés variable (está ligado a algún índice de referencia y el tipo de interés de la hipoteca fluctúa en función de éste). Hay una tercera posibilidad, un tipo de interés mixto el cual está formado por dos partes: una fija y una variable. El caso que nos ocupa es este último, en el cual la parte fija se llama diferencial y es un “número” fijo que no varía a lo largo de la vida de la hipoteca, mientras que la parte variable está ligada a las fluctuaciones del EURIBOR a 1 año (en una entrada anterior ya explicamos qué es el Euribor). Eso quiere decir que el tipo de interés mixto asociado a la hipoteca no es fijo y depende de la variación del EURIBOR. Si éste disminuye, el cliente se verá beneficiado ya que pasará a pagar menos intereses, mientras que si sube, el banco verá como aumentan sus ingresos.

Una vez entendida esta parte, seguimos con la explicación de las cláusulas suelo. El contrato de hipoteca con el banco puede contener una cláusula en el cual establece lo siguiente: en el momento en que el tipo de interés baja hasta un cierto porcentaje estipulado en la cláusula,  el tipo de interés de la hipoteca no sigue bajando, sino que se para en ese punto. Eso quiere decir que si el EURIBOR sigue bajando por debajo de esta cota, el interés de la hipoteca no se mueve y se mantiene. Por tanto, el cliente paga más de lo que debería pagar si se aplicaba EURIBOR + diferencial estipulado en un principio. En este caso, el banco sale beneficiado de esta cláusula.

La controversia del asunto es la poca transparencia con el cliente a la hora de informar la inclusión de esta cláusula en el contrato y la poca claridad al explicarle en qué consiste. Ha habido casos en los cuales no se han explicado su presencia en la hipoteca. Añadir que también existe la cláusula techo, en el cual hay un máximo en el caso que la parte variable aumente, beneficiándose el cliente en este caso. La presencia o no, de una cláusula o la otra o ambas en una hipoteca, depende del contrato en sí.

El 9 de mayo de 2013 el Tribunal Supremo declaró la nulidad de todas aquellas cláusulas suelo que habían sido incluidas de forma no transparente y poco claras. La sentencia obligaba a los bancos a devolver las cantidades provenientes de esta cláusula a partir de la fecha de sentencia y no desde la firma del contrato. Por tanto, no era con carácter retroactivo, es decir, esa sentencia tenía efectos a todos aquellos contratos firmados después del 9 de mayo de 2013. Posteriormente, el 21 de diciembre del 2016, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, sentenció que los bancos y cajas de ahorro tenían que devolver todo el dinero cobrado de más por las cláusulas suelo a sus clientes durante todos estos años, es decir, las anteriores al 9 de mayo de 2013 incluidos. Con esta sentencia, el Tribunal de Justicia declara abusivas las cláusulas suelo e insta al estado Español a resolver el problema que ha habido hasta ahora y que los bancos y cajas devuelvan el dinero procedente de esta cláusula abusiva.

Consecuentemente, el Gobierno a través del Real Decreto Ley 1/2017 de 20 de enero establecido un proceso extrajudicial de reclamación de las cláusulas para agilizar los trámites de devolución de lo pagado de más y evitar el colapso de la justicia española.

¿Qué es un corralito?

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Aprovechamos las notícias de los úlitmos días sobre Grecia para explicar brevemente el siginificado de esta palabra, su origen y el por qué de su aplicación. Hace unos años hubo ciertos rumores sobre un posible corralito en España y en el 2001 se produjo el famoso corralito en Argentina, así que vamos a despejar las dudas alrededor de este concepto.

La palabra corralito es la forma informal que se le denomina cuando un gobierno establece medidas de control de capital en el país, más concretamente, limitaciones en la salida de capital de los bancos. De hecho, el origen de la palabra que hace referencia este post se remonta al 2001 en Argentina y el creador es el periodista Antonio Laje. En español, corral hace referencia a una superficie cerrada donde hay animales en su interior, a veces en forma de jaula. Y más concretamente la RAE define corralito como ese parque cerrado para niños. Por tanto, vemos el símil que se hace con el de un país en el cual los ciudadanos no tienen libertad de poder sacar su dinero del banco.

En resumen, podemos definir corralito como la limitación que se pone en un país a la retirada de dinero en efectivo en los bancos por parte de sus clientes . Pero, ¿por qué un gobierno decide poner este tipo de límites? Se establecen para evitar pánicos bancarios, en los cuales los ciudadanos empezarían a sacar todo su dinero en el banco, llegando al punto de que las entidades financieras no tendrían suficiente dinero para poder entregar a sus clientes y por tanto, entrarían en quiebra. Si pasa lo mismo en todos los bancos de un país, el sistema financiero se colapsaría. Por tanto, se establece un corralito para evitar la quiebra de los bancos y la caída del sistema financiero. Un ejemplo singular de cómo un banco puede quebrar ante esta situación, es la reciente quiebra del Banco de Madrid. Según la versión oficial, sus clientes empezaron a sacar sus depósitos y cuentas corrientes ante los problemas de la matriz, el Banco Privado de Andorra, conduciendo al Banco de Madrid a la quiebra. Debido al tamaño del banco y del motivo (blanqueo de capitales de la matriz), el problema no se extendió más allà del banco.

En Grecia, ante los problemas con el pago de sus deudas con la Troika y ante no llegar a un acuerdo, el escenario de un impago es más probable, así como una posible salida del euro. Esta combinación de sucesos hace que la gente quiera retirar su dinero de los bancos helenos, al no estar seguros sus ahorros en ellos. Las principales medidas tomadas son el cierre de os bancos helenos y la bolsa de Grecia hasta el 6 de julio, así como la limitación de la retirada de 60€ por persona y día en los cajeros automáticos. Matizar que cualquier persona con una tarjeta de crédito expedida fuera de Grecia no tiene esa limitación y las pensiones se pueden cobrar sin ningún problema.

¿Qué es el riesgo moral?

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El riesgo moral es un término que se puso de moda con la crisis económica, a raíz de las dudosas actuaciones de los bancos y entidades financieras. En inglés, moral hazard, es un concepto económico que existe desde hace tiempo. El primero en hablar de ello fue el padre de la economía moderna, Adam Smith, en el famoso libro «La riqueza de las naciones» en 1776.

El riesgo moral hace referencia a las actuaciones que hace un individuo cuando las personas que sufren sus acciones negativas no tienen toda la información del primero. Explicado de otra forma, cuando las acciones de una persona repercuten negativamente en otras personas, siendo el primero el único que tiene toda la información y sabe las consecuencias. En finanzas, se puede entender cuando una persona o entidad asume más riesgos en sus inversiones porque las ganancias serán para ellos mientras que las pérdidas las asumirán otras personas. Los que sufren la parte negativa, no pueden hacer nada porque no hay infromación perfecta y no saben las intenciones exactas.

En la crisis económica, podemos ver esto en las actuaciones de los bancos, como hemos dicho antes. Los directivos se veían incentivados a asumir más riesgos de los debidos, ya que en caso de salir bien sus inversiones se traducía en unos generosos bonus a final de año para ellos, mientras que si las actuaciones salían mal y el banco entraba en problemas, sabían que el gobierno les ayudaría.

El ejemplo tradicional que se ha puesto siempre, es el de los seguros. Una persona que tiene su coche asegurado a todo riesgo, los incentivos a ir con cuidado y tratar bien al coche son muy bajos. Sabe que en caso de cualquier rasguño, problema o accidente, el seguro lo cubre todo. En este caso, el seguro es el que sufre las acciones negativas de la persona que asume más riesgo, ya que el dueño del coche sabe que no tendrá que afrontar los posibles problemas de sus acciones. Para arreglar esto, los seguros pusieron las franquícias. Esto es una cantidad prefijada en el contrato, la cual el seguro no lo cubre. Por ejemplo, si estamos hablando de una franquícia de 500€, ante cualquier problema, los primeros 500€ los paga el asegurado mientras que el resto se encarga el seguro. (Definición técnica y más detallada de franquícia: aquí)

Aquí adjuntamos un magnífico video de La Vanguardia, donde el economista Xavier Sala i Martin explica con más detalle los ejemplos de los seguros y los bancos:

¿Por qué se salvó a los bancos?

Nota a 30/12/14: El artículo formó parte de un trabajo más extenso que data de mayo de 2014 por lo que algunas cifras y apreciaciones pueden haber sufrido cambios.  

Mucho se ha escrito sobre los objetivos de la reforma del sistema bancario en España. La reforma- concebida durante dos legislaturas- engloba un plan de ayudas, nacionalizaciones, fusiones, privatizaciones y regulaciones que responden a un plan de política económica extraordinario como consecuencia del impacto de la grave crisis económica que estalló a mediados de 2008.

Aquí se pretende dejar a un lado los aspectos históricos y centrarse en la ideología y casuística que motivó la reforma bancaria. ¿Por qué se rescató a los bancos? ¿Por qué ellos y no a otras empresas en dificultades?

Intereses políticos 

Como hemos resaltado conscientemente en la introducción, la reforma del sistema bancario cubre un horizonte temporal que abarca dos legislaturas. La IX Legislatura de España da comienzo en abril de 2008 bajo el gobierno socialista de José Luis Rodríguez Zapatero y se extiende hasta diciembre de 2011 cuando el Partido Popular se adjudica la victoria en las elecciones y Mariano Rajoy asume la presidencia.

Prestamos especial atención al marco político puesto que, si bien es de admitir que el grueso de las reformas se han dado bajo el mandato de los populares, ya bajo la batuta socialista se proyectó una primera fase reformista sobre la que se cimentaron posteriores desarrollos de ésta. A donde queremos llegar, es a la conclusión que la reforma bancaria queda al margen del partidismo e ideología de los dos grandes partidos que dominan la carrera política estatal. El ámbito de actuación- admitiendo matices circunstanciales- ha sido prácticamente el mismo durante ambas legislaturas, hecho que ejemplifica que el rescate bancario, poco tiene que ver con los rasgos ideológicos protagonistas en otros aspectos de la política económica.

Si damos un paso al frente, la conclusión a la que hemos llegado anteriormente nos ha permitido descartar que se haya abordado la reforma del sistema bancario como un mecanismo maximizador de votos. En la misma línea, una vez descartados los intereses electorales debemos reconocer que el rescate a los bancos obedecía a intereses estrictamente económicos. Este hecho nos abre un nuevo perfil de investigación: intereses económicos.

Intereses económicos 

Cabe subrayar que cuando hablamos de intereses económicos no estamos afirmando que éstos sean paralelos a los intereses sociales. No es una diferencia menor puesto que en el rescate y posterior reforma del sistema financiero confluyen cuatro intereses distintos: el del gobierno español; el de la sociedad española; el de la empresa privada y el de la comunidad internacional (especialmente los países de la zona euro). En consecuencia, procederemos a profundizar un poco más en cada uno de los intereses apuntados con anterioridad.

Intereses del gobierno 

El primer sujeto de estudio debe ser el principal impulsor del rescate: el Gobierno central. Habiendo descrito ya las principales líneas de actuación acometidas durante estos años es el momento de indagar en el porqué de dicha actuación.

Desde nuestro punto de vista, los intereses del gobierno pudieran dividirse en tres semblantes diferenciables:

– Estabilidad marco: Como veremos más adelante, la reforma bancaria y sus subsiguientes derivaciones contribuyeron a una estabilización del marco económico general. Mucha es la literatura escrita acerca de la ineficiencia derivada de la intervención del estado en la banca y que responde a clientelismo e intereses propios. Si bien des de aquí apoyamos la mayoría de esta discurso, no invalidamos las decisiones de política económica del gobierno pues han contribuido a una re estabilización del sistema financiero. ¿Podría haberse hecho mejor? Seguro que sí. “Definitivamente, puede que no exista alternativa a la recapitalización de Bankia y del conjunto del sistema financiero español, pero sí la hay a que esa recapitalización deba consistir en hipotecar el presente y el futuro de la economía española.” Son palabras de Juan Ramon Rallo, economista del Instituto Juan de Mariana y que proponía una alternativa a la inyección de capital en 20121

– Financiación estatal: En un paper de finales de 2013 titulado “La crisis bancaria y de deuda soberana en España: Orígenes e interrelaciones”2 de Ángel Berges, Emilio Ontiveros y Francisco J.Valero se dedican dos capítulos enteros a analizar la relación simbiótica estado-banco. A corte de ejemplo, el encabezado de los capítulos resume a la perfección el hecho: “Los estados que rescatan a bancos… y asumen más deuda” y “Los bancos que financian a estados… y asumen más riegos”. Es cierto pues que los bancos compran un porcentaje considerable de la deuda que emite el estado y que por lo tanto tienen una posición acreedora frente al deudor estado. ¿Qué persona (o estado) en su sano juicio querría ver desaparecer su principal fuente de financiación?

-Avales crediticios: Cuando estalló la crisis financiera y se cerró el flujo del crédito interbancario muchas entidades se tambalearon. Ante la imposibilidad de captar financiación mediante bonos, los bancos y las cajas acudieron al Estado en busca de protección. El Estado avaló la emisión de bonos de distintas entidades. La más cuantiosa fue la emisión de BFA (matriz de Bankia) por un importe de 15.000 millones de euros. 3,4 En total, y tras sumar otros avales en entidades como Bancaja y la CAM, los avales ascendieron hasta los 35.000 millones de euros.

Una hipotética quiebra de las entidades avaladas se hubiera traducido en el Estado respondiendo de los bonos como avalista.

Intereses de la comunidad internacional 

En un artículo de 20105, el economista integrante de FEDEA, César Molinas hacía especial hincapié en este aspecto y ponía de manifiesto los intereses de países acreedores como Alemania en rescatar a los bancos deudores españoles.

Los mecanismos de rescate impulsados por el FMI y la UE escondían (en parte) los intereses de países acreedores de deuda y derivados financieros españoles. Estos países representados por Alemania son economías con exceso de ahorro crónico que buscaron rentabilidades extras en activos financieros de países periféricos como España, deficitario en ahorro y dependiente de financiamiento exterior.

La alta rentabilidad de los activos financieros estatales gestados durante la burbuja inmobiliaria fueron un excelente valor para la inversión germánica, en busca de unos intereses mayores.

Para explicar detalladamente la exposición de riesgo acudiremos nuevamente al artículo de César Molinas:

“En España la exposición a ese riesgo era directa, se tomaba a partir de hipotecas que estaban en el balance de las instituciones de crédito. En Alemania, la exposición a ese mismo riesgo era indirecta, a través de unos títulos hipotecarios que podían ser vendidos en mercado secundario para obtener liquidez. Esto parecía, hace tan sólo tres años, una gran ventaja.” 

Cuando la crisis se hizo patente, el mercado primario colapsó y lo mismo sucedió en el mercado secundario de títulos por lo que pese a su cobertura inicial, las entidades alemanas debieron asumir la totalidad de las pérdidas y provisionar. Un tema que no nos incumbe aquí pero que merece ser tratado es que pese a la gravedad de la crisis en España, los principales bancos alemanes tuvieron que recibir inyecciones de capital masivas para evitar la quiebra, algo que los bancos sistémicos españoles no han precisado en ningún momento.

Sin embargo, des de aquí nos atrevemos a ir más allá. El interés fundamental de la comunidad internacional a la hora de rescatar los bancos españoles fue la estabilidad monetaria y evitar el desmembramiento de la zona euro. Los anteriores rescates (si bien no parciales como el de España) en Irlanda, Grecia y Portugal perseguían la supervivencia del euro. ¿Por qué no así también en España?

El Memorando de entendimiento sobre condiciones de política sectorial financiera de la comisión europea6 de 2012 no es más que eso: una hoja de ruta que contiene los plazos y operaciones necesarios para recapitalizar y reformar el sistema financiero con el fin de preservar el sistema financiero español, pero sobretodo, europeo.

Para concluir con este apartado dedicaremos unas líneas a la actuación del Banco Central Europeo, artífice de la “recuperación” económica de la eurozona. Durante la crisis, y sobretodo durante la presidencia de Mario Draghi, la entidad ha tomado diferentes medidas monetarias que condujesen a la recuperación. Tanto es así que el BCE llegó a engordar su balance hasta los 3 billones de euros frente a los 1,19 billones que mantenía en 2007. Aunque estas cifras no nos sirvan para constatar su actuación directa en España, sí nos sirven para entender todavía más, la disposición que tenían los entes europeos en preservar su moneda y la estabilidad financiera y monetaria.

Intereses sociales 

En este último capítulo tienen cabida aquellas circunstancias que provienen exclusivamente de los intereses de la sociedad. Sociedad entendida como el ciudadano de a pie. ¿Por qué querría la ciudadanía anónima que se rescataran los bancos?

En los tiempos que corren hemos sido testigos de innumerables manifestaciones en contra de los bancos y sus dirigentes, representantes del capitalismo atroz que- según mucha gente- nos ha conducido de manera inevitable a la crisis. Muchos denunciaban el rescate bancario, y el hecho de que fuera el gobierno el que salvara las entidades de la quiebra. En cuanto se les preguntaba qué pasaría con los depósitos de los ahorradores, aludían al Fondo de garantía de depósitos.

El Fondo de garantía de depósitos, dedicado a cubrir eventuales pérdidas de los depositantes en caso de insolvencia de alguna entidad financiera garantiza hasta los 100.000€. La financiación de los Fondos de Garantía de depósitos procede de las aportaciones anuales que deben hacer las entidades adheridas. Para que se hagan una idea, el capital conjunto del Fondo de garantía de depósitos en Establecimientos Bancarios (FGDEB) y del Fondo de garantía de depósitos en Cajas de Ahorro no llegaba a los 7.500 millones de euros en 2009, en pleno apogeo de la crisis.

La última revisión efectuada por el Banco de España7 cifraba las ayudas a la banca en 61.366 millones de euros. Si bien esta cantidad comprende provisiones, reestructuraciones y nacionalizaciones, nos da una idea aproximada de la magnitud del rescate y relativiza las cifras que maneja el Fondo de garantía de depósitos. En otras palabras: si el sistema bancario hubiera colapsado, el FGD no hubiera bastado para garantizar los ahorros de muchos de los depositantes.

Otro grupo a tener en cuenta en este apartado son los beneficiarios de productos financieros de las entidades bancarias rescatadas. Nos referimos sobretodo a bonistas y dejamos de un lado a los accionistas, que pueden interferir en la marcha de la entidad y que, como socios capitalistas están expuestos al riesgo que esto comporta. Los bonistas, en cambio, que en su mayoría contemplaban los bonos de estas entidades como productos de bajo riesgo, hubieran perdido la mayor parte de su capital invertido en caso de insolvencia por parte del banco.

En el discurso capitalista que aboga por la caída de los bancos, hemos oído muchas veces alabanzas hacia la actuación de Islandia y su gestión de la crisis y especialmente de su sector financiero. Daniel Lacalle, en su libro Viaje a la libertad económica (Deusto 2013) critica dicho discurso y lo tilda de mentira. Tanto es así, que cita un artículo de Baldur Bjarnason que lleva por título “What is actually going on in Iceland8” y que desmitifica de forma clarificadora la actuación gubernamental.

Intereses de los entes privados 

La gran empresa privada española, al lado de las PYMES era también un colectivo interesado en que se procediera al rescate bancario. Éste, se interpretaría como una actuación en busca de estabilidad y la calma de los mercados. En muchos casos, se interpretó la reforma como un primer paso para que volviera a fluir el crédito si bien es cierto que en este aspecto, las expectativas todavía no se han materializado.

Por último hacer una pequeña mención a otro grupo enormemente beneficiado de la realización del rescate bancario: el resto de bancos españoles. Al sanearse las cuentas de las entidades intervenidas, los bancos sistémicos se beneficiaron de tres formas distintas:

– Se retomó la estabilidad financiera y su solvencia quedó ratificada al no precisar intervención estatal.

– Aumentaron su volumen de negocio mediante adquisiciones y fusiones

– Fluyó el crédito interbancario otra vez, colapsado desde la caída de Lehman Brothers en 2008.

Aunque de forma breve, también hemos visto como las entidades sistémicas (séase BBVA y Santander) pudieron presionar en pro de un rescate y reforma bancaria que acabara favoreciendo su modelo de negocio y perspectivas de crecimiento.

Conclusión

Tal y como se prometía en la introducción del capítulo, en estas líneas se ha intentado dar respuesta al porqué de la intervención y posterior rescate bancario. Durante los últimos años, múltiples interpretaciones y lecturas han abordado la gestión de la crisis en este ámbito y desde aquí hemos pretendido dar cabida a todas y cada una de ellas si ejercitar ningún juicio de valor. Nuestra intención no ha sido analizar si el rescate fue acertado o no o si debería haberse realizado o no. Nuestra modesta intención era exponer los motivos que había detrás de la actuación conjunta del Gobierno español, el FMI y el BCE en materia del rescate bancario.

Referencias: 

1- http://www.libertaddigital.com/opinion/ideas/el-rescate-estatal-no-es-la- unica-solucion-1276240187.html

2- La crisis bancaria y de deuda soberana en España: Orígenes e interrelaciones Ángel Berges Emilio Ontiveros Francisco J. Valero http://www.afi.es/EO/notaprensa20131112b.pdf

3- http://cincodias.com/cincodias/2009/09/10/mercados… ml

4- http://cincodias.com/cincodias/2012/02/22/mercados… ml

5- http://www.fedeablogs.net/economia/?p=5128

6- Memorando de entendimiento sobre condiciones de política sectorial financiera, 2012, Comisión europea http://www.mineco.gob.es/stfls/mineco/prensa/fiche… _OU_espanyol_2_rubrica_MECC_VVV.pdf

7- Banco de España 2013 http://www.bde.es/f/webbde/GAP/Secciones/SalaPrens… efing_notes/es/notabe02-09-2013.pdf

8- Baldur Bjarnason , What is actually going o non iceland 2012 http://studiotendra.com/2012/12/29/what-is-actuall…

¿Qué es la dación en pago?

La dación en pago consiste en dar un bien para cancelar una deuda, es decir, el deudor (la persona a la cual le han prestado) entrega una contraprestación (pago para extinguir una deuda) diferente a la inicialmente pactada ( normalmente un bien) al acreedor (la persona que presta) para saldar la deuda. Es un sistema que se aplica en las hipotecas, cuando el deudor no puede hacer frente a las cuotas hipotecarias. En este caso, la dación en pago consiste en que la persona en cuestión entrega el inmueble objeto de la hipoteca a la entidad financiera y de esta manera queda saldada la deuda , independientemente que ahora la vivienda este valorada a un menor precio de la cantidad pendiente a devolver. 
En España, la dación en pago no está muy regulada, pero algo nos cuenta la Ley Hipotecaria. El artículo 105 y 140 de esta ley se encarga de regular el tema en cuestión. Éstos nos dicen que en el contracto hipotecario se puede pactar que el bien hipotecado sirva de aval y que el patrimonio del deudor no se vea afectado. Esto se refiere a la dación en pago que hemos explicado, con la entrega del inmueble la persona se libra de la deuda. La ley nos dice que en caso que no haya nada explícito en el contracto hipotecario, el deudor responderá de manera ilimitada con todos sus bienes presentes y futuros hasta cancelar la deuda. 
Para poder acceder a la dación en pago hay que cumplir los siguientes requisitos según contempla la ley: 
1. Que la hipoteca recaiga sobre un inmueble cuyo precio de compra-venta no exceda de unos determinados valores en función de la población de los municipios;
  • Municipios > 1 Millón habitantes: 200 mil €
  • Entre 500 mil y 1 Millón : 180€ mil €
  • Entre 100 mil y 500 mil : 150 mil €
  • Hasta 100 mil habitantes: 120 mil €
2. Cumplir los criterios marcados para considerar a una persona dentro del umbral de exclusión y por tanto ser beneficiaria de esta opción. Estos son los 6 requisitos «que» más se exigen: 
  •  El préstamo hipotecario recaiga sobre la vivienda habitual
  • Todos los miembros de la unidad familiar (hipotecado, cónyuge, e hijos residentes en la vivienda) carezcan de rentas del trabajo o por actividades económicas
  • La cuota resultante sea superior al 60% de los ingresos netos de la unidad familiar.
  • El conjunto de miembros de la unidad familiar no tenga otros bienes o derechos patrimoniales suficientes con los que hacer frente a la deuda.
  • El préstamo hipotecario haya sido obtenido para la compra de la vivienda habitual, que esta sea la única de la que es propietario el deudor y que no estuvieran constituidas otras garantías reales en garantía, ni hubiera otros intervinientes que incumplan los requisitos 3 y 4.
  • En caso de existir cotitulares que no formen parte de la unidad damiliar, estos deberán cumplir los requisitos 2,3,y 4. 
Ante una ejecución judicial inminente, supone una ventaja para el deudor acceder a la dación en pago. Ya que si se procede por vía judicial, el banco pondrá la vivienda en subasta pública. Si el dinero que obtenga es menor a la deuda pendiente, el deudor tendrá que asumir el resto mediante el pago de las cuotas hasta extinguirse. Si añadimos a esto , todos los gastos judiciales y abogados, vemos que puede salir más caro la opción judicial.
Todo este proceso supone una negociación con la entidad bancaria. Al ir a la sucursal y presentar el problema de solvencia, éste estudiará el caso y  siempre intentará ofrecer otra solución antes de la dación en pago. La primera opción a plantear sería una carencia parcial, es decir, pagar durante un periodo determinado solo la parte de la cuota de intereses. Otra opción sería una carencia total, es decir, durante un periodo determinado no pagar ninguna cuota.
Si ven que estas opciones no son posibles, aceptarán la dación en pago. Desde que una persona se dirige a la oficina hasta que se acepta esta opción que estamos hablando, pueden pasar entre 3 y 6 meses. 

¿Qué es el Banco Central Europeo (BCE) ?

El BCE es el banco central de los países que utilizan el euro como moneda oficial, es decir, de la Eurozona o zona euro. Toda moneda tiene su banco central que se encarga de llevar a cabo todas las funciones relacionadas con ésta. El banco central es una institución financiera y monetaria con capacidad de crear dinero legal  y llevar a cabo transacciones solo con el sector público y bancario. Por tanto, vamos a explicar los objetivos y funciones del BCE que son casi los mismos que  cualquier banco central.

Objetivos:

  • Controlar la inflación
  • Regular el crédito para garantizar el crecimiento económico
  • Garantizar la estabilidad económica
Funciones:
  • Emitir y poner en circulación billetes y monedas
  • Diseñar y ejecutar políticas monetarias
  • Gestionar las reservar de divisas
  • Regular y supervisar el sistema financiero europeo
  • Controlar el sistema bancario
El BCE se creó de manera «parecida» a una sociedad anónima con acciones y capital. Los bancos centrales nacionales de cada país de la zona euro aportaron capital y son los actuales accionistas del BCE. La proporción de capital que debían de aportar se calculó en función del PIB de cada país y de su población. El 1998 se llegó al acuerdo de la aportación de cada uno y se creó con un capital inicial de 5.760 de millones de €. Los bancos centrales no pertenecientes a la zona euro pero si a la UE también deben de aportar una pequeña cantidad de capital. Estas acciones no son transferibles y solo pueden estar en manos de los bancos centrales nacionales.

Una vez al mes se reune el Consejo de Gobierno, formado por el Comité Ejecutivo y los 18 presidentes de los bancos centrales de los países de la Eurozona. A la vez, el Comité Ejecutivo está formado por el Presidente ( Mario Draghi), el Vicepresidente ( Vitor Constancio) y cuatro miembros elegidos por los presidentes de los países miembros, cuyo mandato de los seis dura 8 años no renovables. En cada reunión repasan la actualidad económica europea y toman decisiones sobre la política monetaria a seguir. Una de las decisiones es mantener o cambiar el tipo de interés de referencia. Éste es el tipo mínimo al cual el BCE presta dinero a los bancos comerciales e influye en el crecimiento e inflación de la zona Euro. ( Los tipos de interés de referencia está explicado en este post). Como más bajo sea el tipo de interés, más incentivados se veran los bancos  a pedir prestado dinero, aumentando el dinero en circulación y conduciendo a un aumento de los precios. En cambio, un aumento del tipo pasaría justo lo contrario.

La sede del BCE se encuentra actualmente en Frankfurt , en el edificio Eurotower. Este año esta previsto que se termine la construcción de la nueva sede del banco central europeo , en la misma ciudad y con 180 metros de altura podrá albergar el doble de gente.

Web BCE 

Mario Draghi

¿Por qué el BCE ha bajado los tipos de interés al 0,25%?

Primero de todo explicaremos en que consisten exactamente estos tipos de interés. Éste es el mínimo por el cual el Banco Central Europeo deja prestado dinero a lo bancos comerciales a cambio de unos títulos como garantía. Semanalmente se efectúan subastas de dinero a los bancos que consisten de la siguiente manera: el BCE fija una cantidad de dinero a prestar y los bancos efectúan una oferta del tipo de interés que están dispuestos a pagar. El banco que ofreció el tipo más alto es el primero en recibir dinero, el segundo tipo de interés más alto es el siguiente banco en recibir y así hasta terminar con la cantidad del dinero que se quería prestar. Si algún banco pujó por un tipo de interés más bajo del estipulado por el BCE , directamente no recibirá nada.

Como más bajo sea este tipo de interés, menos cuesta pedir prestado dinero, por tanto los bancos se verán más atraídos a pedir dinero. En teoría, la función de los bancos es canalizar el dinero a las famílias y empresas. De esta manera, si ahora los tipos de interés son más bajos, se supone que los bancos prestarán a éstos dinero a un tipo de interés más bajo. Si los tipos bajan, las empresas y famílias pedirán más crédito para el consumo y la inversión, con su consecuente aumento de la producción y consumo conduciendo a una reactivación de la economía. Esto sería una razón de la bajada al 0,25.

Otra razón es trasmitir optimismo a la gente y a los mercados. El BCE quiere que la gente y las empresas vean que está dispuesto a llevar a cabo todas las medidas necesarias para ayudar a la economía europea a su reactivación y que no dejará que la zona euro se hunda. Como hemos visto en la primera razón, esto es una medida para relanzar la economía.

La tercera razón es luchar contra la inflación. En los últimos meses la inflación europea està muy baja, hasta el punto que en España en el mes de octubre hemos tenido deflación. Con la bajada del tipo de interés, se espera una inyección de dinero a la economía europea ( de los prestamos antes explicados) y esto conducirá a una subida de los precios.

Finalmente, hay que comentar que estamos ante una trampa de la liquidez. Esto consiste en que cuando los tipos de interés fijados por el banco central son muy bajos y juntamente con unas condiciones esta inyección de liquidez que se realiza no llega a la economía porqué los mecanismos de trasmisión económicos están rotos.

¿Qué son los tipos de interés?


Los tipos de interés son porcentajes que se aplican sobre cantidades de dinero (normalmente llamadas capital nominal, o simplemente nominal) para indicar cuál es el coste de oportunidad de ese dinero en concreto.

Vamos por partes, el coste de oportunidad de cualquier elección es todo aquello a lo que renuncias por conseguir lo que quieres. Ejemplo; te dan a elegir entre una pera y una manzana. Tú lo que quieres es la manzana,  por tanto “desprecias” (valoras menos, te importa menos) la pera en favor de la manzana.
Pues entonces el coste de oportunidad de escoger la manzana, es una pera. Cuanto más “desprecies” las peras más peras estarás dispuesto a renunciar para conseguir una manzana.
Aclarado esto, cuando pido prestado dinero a cualquier entidad financiera, esa empresa me pedirá que les des algo a cambio que le resulte beneficioso. Acordamos pues que les entregaré un poquito más de dinero por las molestias de haber esperado un tiempo en que saldara mi deuda. Ese dinero de más que me cobra el banco son los intereses los cuales generan ingresos para el banco.
Simplificando la situación, se puede decir que el coste de oportunidad de pedir prestado el dinero son aquellos intereses que he de pagar. Pues entonces y para facilitar se utiliza el porcentaje para indicar el coste de oportunidad del dinero.
Existen dos tipos de intereses; el simple y el compuesto. El primero es un porcentaje proporcional en cambio con el segundo es más complejo, para facilitar la comprensión diremos que “los intereses generados ayer me generan más intereses hoy”.
En la vida real, existe un índice de tipos de interés que se denomina EURIBOR. Este índice es lo que se denomina un tipo de descuento, indica cuál es el nivel de interés que tiene el dinero cuando los bancos se prestan mutuamente.
En España, lo que se suele hacer cuando pides una hipoteca o un préstamo, es que el tipo que pagarás, es la suma entre el Euribor vigente y un tipo variable (que dependerá del banco). Hasta ahora era una práctica habitual la denominada “cláusula suelo”, que consistía en que si el tipo final que tenías que pagar era inferior a un tipo ya predeterminado pagabas éste último. Recientemente prohibieron esta práctica sin efecto retroactivo, lo que significa que desde el momento de la prohibición no se puede formalizar contratos con dicha cláusula, sin embargo, los contratos ya formalizados siguen vigentes.

¿Qué es la bolsa? ¿Y el Ibex-35? (Parte II)

 

Muchas gracias a pixabay.com por ofrecer el banco de imágenes gratuitas y a su autor StockSnap.

Hemos estado observando que la entrada que hicimos hace tiempo sobre la bolsa y el ibex-35 está teniendo mucho éxito y en vista que mucha gente busca información sobre el selectivo español , hemos decidido hacer otra entrada explicando más cosas relacionado con la bolsa. Resulta difícil explicar de una manera sencilla y rápida de como funciona todo este mundo, pero intentaremos resolver las dudas más comunes que suelen plantearse.

Como dijimos en la anterior entrada, las empresas salen a bolsa para financiarse de una manera más barata que en las entidades de crédito, aparte de las razones de publicidad, prestigio de la compañía… Esta financiación se realiza vendiendo la empresa por partes (acciones) a los inversores. Cuando una compañía sale a bolsa, es decir, pone a la venta las acciones de forma pública, se dice que realiza una OPV ( oferta pública de venta) valorando cada una de las acciones a una precio. El precio que fija para la OPV es valor de la compañía ( dividido por el número de acciones) más una prima. Esta prima hace referencia a los beneficios futuros y a la revalorización de la empresa en el futuro. Eso quiere decir que el accionista está financiando las inversiones que quiere realizar la empresa con el dinero recolectado a parte de pagar por la parte de la empresa que se está adueñando.

Una vez llegado a este punto, las acciones se pueden comprar y vender en el mercado financiero, pero la empresa ya se ha hecho con el dinero de los inversores. Es a partir de aquí donde mucha gente no entiende el funcionamiento de la bolsa. En este momento es como si la empresa estuviera en venta en todo momento en millones de partes y el precio de cada una de ellas depende de la oferta y demanda del mercado, es decir, cuando accionistas e inversores se ponen de acuerdo en el precio. Es como si fuera un mercado de segunda mano de acciones de las empresas.

Como ya dijimos en la entrada pasada, el precio dependerá de las expectativas de futuro de la empresa. Si éstas son buenas, los inversores comprarán acciones por dos motivos básicos: la empresa puede repartir buenos dividendos a causa de un aumento de los beneficios y el precio de las acciones se revalorizarán, ganando dinero. El precio de las acciones determinan el valor total ( o del % que corresponda) de la empresa, eso quiere decir que si sube la cotización de una compañía , ésta pasa a valer más.

Ahora vamos a hablar sobre el ibex-35. Este índice, formado por las 35 empresas más importantes de España, se configura de la siguiente manera:  podríamos pensar que cada empresa repercute 1/35 parte en el índice, pero no es así. Cada empresa «afecta» según su ponderación de la capitalización bursátil ( precio acción por número de acciones) sobre el total de la suma de las 35 capitalizaciones. Un ejemplo: si una empresa cotiza a 10€ con 100.000 acciones , capitalización bursátil 1.000.000€. Si las 35 empresas suman 10.000.000€ , eso quiere decir que esta empresa repercute un 10% sobre el selectivo ( 1.000.000€ dividido entre 10.000.000€).

¿ Por qué es bueno que suba el ibex y malo que baje? Como hemos dicho antes el precio se supone que depende de las expectativas de futuro, eso quiere decir que si el Ibex sube, las expectativas de las empresas más importantes de España en general son buenas y por tanto que la economía mejorará. Esto es la teoría, pero en estos tiempos que corren hay mucha especulación y las cotizaciones dependen de muchas otras variables.